Redondo de marca

Envío gratuito al Reino Unido continental en pedidos superiores a £ 70

¡Inicie sesión para obtener artículos de la lista de deseos!

Buscar CRANBOURN®

Desde el principio, CRANBOURN®Los fundadores de 's querían un enfoque diferente de los negocios, donde las ganancias fueran tan importantes como las consideraciones sociales y ambientales. Querían que su empresa operara de manera diferente a la mayoría de las demás empresas de artículos de lujo y se aseguraron de que se hicieran esfuerzos considerables para seleccionar los socios de suministro adecuados para su empresa.

Nuestro espíritu de diseño de productos siempre ha sido construir los mejores y más sostenibles productos de fragancias de lujo que podamos. Para lograr esto, nos asociamos con proveedores que comparten nuestros valores y les brindamos nuestro Código de conducta para socios proveedores, con el que deben comprometerse antes de trabajar con nosotros. Describe nuestros requisitos mínimos para respetar la salud, la seguridad y el bienestar de todos los que trabajan en la cadena de suministro.

El CRANBOURN® El código de socio proveedor se basa en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) normas y buenas prácticas laborales internacionalmente aceptadas. Todos nuestros proveedores deben comprometerse con la intención de este Código de Conducta. En 2020, CRANBOURN® Unido a la Empresa B movimiento, y en 2021 la iniciativa BBA del Reino Unido (Ley de Mejores Negocios). Nuestro código de socio de suministro refleja nuestra Política de Código de Ética Empresarial.

Política de código de conducta para socios proveedores

CRANBOURN® Holdings Limited (en lo sucesivo también denominada “CRANBOURN®/La Empresa”) adoptó el principio de combinar el objetivo del beneficio económico con la consecución de los objetivos sociales y medioambientales. Ha optado, en el marco de su gestión empresarial, por adherirse y respetar los valores éticos y morales definidos con base en los principios de equidad, honestidad y transparencia, por las normas vigentes a nivel nacional e internacional. Considera el impacto global de sus decisiones en cualquier ámbito, ya sea medioambiental, social o de gobierno, como un elemento fundamental de su negocio, y siempre tiene en mente los intereses y la seguridad de sus grupos de interés.

El presente Código de Conducta para Socios Suministradores (en adelante, el “Código”), es expresión de los principios y valores de la Compañía y exige un estricto cumplimiento por parte de todos sus proveedores, subcontratistas y subproveedores (en adelante, conjuntamente, los “Proveedores” e individualmente, los "Proveedor").

Por estas razones, la Compañía pretende así que sus Socios Proveedores actúen de acuerdo con los mismos principios, respetándolos y haciéndolos cumplir, y apegados a una misma filosofía en la gestión de sus negocios.

Queda entendido que este Código exige, en todo caso, el cumplimiento de las leyes nacionales y los acuerdos internacionales, demás leyes aplicables y los principios enunciados en los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los Principios Rectores de la OCDE y los principios del Pacto Mundial; en caso de conflicto entre las diversas disposiciones, prevalecerá la de mayor nivel.

Las disposiciones de este Código no pretenden entrar en conflicto con los términos y condiciones de los contratos realizados entre los Proveedores y la Compañía. En caso de que un requisito contractual sea más restrictivo que el requisito descrito en este Código, se aplicará el requisito más restrictivo.

Cualquier incumplimiento por parte de nuestros Proveedores de este Código y/o de las normas vigentes a nivel nacional e internacional, dará lugar potencialmente a la terminación anticipada de su relación con la Compañía.

1. Trabajo y Derechos Humanos

CRANBOURN® promueve el principio del trabajo como libre elección de la persona.

Nuestros Proveedores están obligados a cumplir con las leyes y reglamentos laborales vigentes en sus respectivos países y con las siguientes salvedades que la Compañía considera de fundamental importancia. Nuestros proveedores están obligados a respetar los derechos humanos, incluidos los derechos de los trabajadores, en sus negocios y transacciones, reconociendo sin distinción la libertad y la igualdad en dignidad y derechos de todos los seres humanos, tal como se consagra en la Carta Internacional de Derechos y las Convenciones Fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La Compañía alienta a los destinatarios a adoptar y promover mecanismos y herramientas internas para garantizar que sus empleados puedan denunciar violaciones de derechos humanos reales o sospechadas. Consulte también nuestro Diversidad e inclusión y Política contra la esclavitud políticas

1.1. Trabajo forzado

Nuestros Proveedores condenarán y se abstendrán de todas las formas y tipos de trabajo forzoso, obligatorio y de explotación, incluido el trabajo sin permiso de trabajo y el trabajo bajo amenaza y/o castigo.

Nuestros Proveedores están obligados a cumplir con la legislación aplicable para sancionar el trabajo ilegal, clandestino y no declarado.

1.2. Trabajo infantil

Nuestros Proveedores están obligados a condenar y abstenerse de cualquier forma de trabajo infantil, de conformidad con la legislación aplicable, los Convenios de la OIT pertinentes y la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

Ningún niño puede trabajar para y/o en nombre de nuestros Proveedores a menos que haya completado el período de educación obligatoria y haya cumplido los 16 años, sujeto a las excepciones pertinentes previstas en las leyes y reglamentos aplicables. Los niños menores de 18 años no deben trabajar de noche ni estar expuestos a actividades peligrosas.

1.3. Acoso y Abuso

Nuestros Proveedores tratarán a sus empleados con respeto y dignidad, sin tolerancia a ningún
tipo de castigo corporal, acoso psicológico o físico o cualquier otro tipo de maltrato.

1.4. Salarios y Beneficios

Nuestros Proveedores están obligados a remunerar a sus empleados y colaboradores de acuerdo
con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, además de los convenios colectivos adoptados.
El pago proporcionado a los empleados debe ser apropiado para garantizar que se satisfagan las necesidades básicas y que los estándares de vida respeten la dignidad del individuo.

Nuestros Proveedores están obligados a otorgar a todos los empleados los beneficios previstos en las negociaciones colectivas, convenios de empresa y demás convenios individuales o colectivos aplicables.

1.5. Discriminación

Nuestros Proveedores se abstendrán de cualquier forma de discriminación contra sus empleados y personal.

Nuestros Proveedores se asegurarán de que no exista discriminación en la contratación, acceso a la capacitación, promoción o despido, por motivos de sexo, raza, religión, edad, discapacidad, orientación sexual, opinión política, nacionalidad u origen social y étnico.

1.6. Libertad de asociación

Nuestros Proveedores respetarán y reconocerán el derecho de cada empleado a negociar colectivamente para crear o afiliarse a un sindicato de su elección sin incurrir en sanciones, discriminación o acoso.

1.7. Horas Laborales

En cuanto a las horas de trabajo, nuestros Proveedores deberán cumplir con los límites establecidos por las leyes del país de producción y no impondrán horas extraordinarias excesivas. El número total de horas trabajadas por semana no podrá exceder de 48 (cuarenta y ocho) horas, incluidas todas las horas extraordinarias, y habrá por lo menos un día de descanso cada siete días o, en todo caso, el máximo establecido por las leyes vigentes. en el país.

1.8. Salud y seguridad

Nuestros Proveedores están obligados a proporcionar a sus trabajadores un entorno de trabajo seguro y saludable para evitar accidentes o lesiones, incluidas las relacionadas con el trabajo con maquinaria.

Nuestros Proveedores deberán contar con sistemas para detectar, evitar o eliminar cualquier amenaza a la salud y seguridad de sus empleados, de acuerdo con las normas y leyes locales e internacionales vigentes.

2. Ética e integridad empresarial

CRANBOURN® promueve y respeta los principios de legalidad, lealtad y equidad.

Nuestros Proveedores están obligados a cumplir con estos principios y operar con la máxima transparencia en el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en el contexto en el que operan, además de los compromisos que hayan asumido con la Compañía.

La Compañía alienta a los destinatarios a adoptar políticas e implementar procedimientos para garantizar el cumplimiento de las leyes y reglamentaciones aplicables para proteger la integridad de la organización y sus operaciones.

2.1. Competencia Basada en el Mérito y Competencia Justa

Nuestros Proveedores deben competir únicamente en base a su mérito y la calidad de sus
productos y servicios.

Nuestros Proveedores no pagarán sobornos o incentivos ilegales, de cualquier naturaleza y monto, a nadie, en ningún lugar y bajo ninguna circunstancia, para ningún propósito, ya sea en nombre de la Compañía o en su nombre o en nombre de terceros.

En ningún caso nuestros Proveedores deberán incurrir en conductas anticompetitivas, ya sea en nombre de la Compañía o en su nombre o en nombre de terceros.

2.2. Conflictos de interés

Nuestros Proveedores evitarán cualquier conflicto de interés real o aparente en cualquier negocio
con la compañía.

El Proveedor deberá informar a la Compañía todos los casos de conflicto real o aparente que puedan interferir inapropiadamente entre sus intereses y los de la Compañía.

2.3. Lucha contra el blanqueo de capitales

Nuestros Proveedores evitarán las relaciones comerciales o financieras cuando exista una sospecha razonable
que sus contrapartes puedan involucrarse en el lavado de dinero.

Se invita a nuestros Proveedores a tomar medidas para regular la gestión de los flujos financieros, prohibiendo cualquier irregularidad que, conforme a la normal diligencia profesional, suscite sospechas sobre el origen de los fondos recibidos.

2.4. Relaciones con la Administración Pública

Nuestros Proveedores no pueden ofrecer, directamente oa través de un intermediario, dinero o cualquier otro incentivo de ningún tipo a un funcionario público o persona designada para el servicio público, su familia o cualquier otra persona relacionada con él. Asimismo, no buscarán establecer relaciones personales favorables con el fin de influir directa o indirectamente en su negocio.

2.5. Transparencia de la Información

Nuestros Proveedores están obligados a proporcionar información clara y precisa sobre sus métodos y recursos, sus sitios de producción y las características de los productos o servicios que ofrecen, y abstenerse de cualquier declaración engañosa.

2.6. Confidencialidad y Propiedad Intelectual

Nuestros Proveedores deben cumplir con las leyes y reglamentos aplicables en materia de protección de
datos.

Cualquier información (diseños, documentos, muestras, prototipos, etc.) puesta en conocimiento del Proveedor en el curso del cumplimiento de las obligaciones contractuales se considerará confidencial y se tratará como tal.

A menos que sean utilizados por las instrucciones recibidas de la Compañía, todas las marcas y signos pertenecientes a la Compañía, ya sea registrados o utilizados por ella en cualquier momento, no serán
utilizado para cualquier otro propósito. A menos que esté expresamente autorizado, un Proveedor no puede usar el nombre y las marcas registradas de la Compañía en referencia a su negocio comercial.

3. Respeto y valorización de las comunidades locales

CRANBOURN® promueve e implementa acciones para apoyar, sostener y desarrollar las comunidades locales en las que opera, también a través de actividades voluntarias y educativas, donaciones financieras y materiales, y otros proyectos específicos.

La Compañía fomenta que los Proveedores adopten políticas de cuidado y respeto por las comunidades en las que operan, tanto a través de acciones para reducir los resultados negativos como a través de acciones y proyectos para generar y distribuir valor.

3.1. Tradición y Cultura

Nuestros Proveedores respetan la cultura y las tradiciones de las comunidades afectadas por sus negocios y/o transacciones, minimizando los inconvenientes causados a las comunidades locales y favoreciendo las vías de intercambio y cooperación.

3.2. Cooperación con las partes interesadas

Nuestros Proveedores estarán comprometidos con la creación de empleo local y el trabajo con las comunidades, las personas y las partes interesadas colectivas, las instituciones y los gobiernos para mejorar el bienestar social, cultural y educativo de las comunidades en las que operan.

3.3. Apoyo al Tejido Productivo y Económico Local

Nuestros Proveedores apoyarán, en la medida de lo posible, la producción local y el tejido económico, incluso utilizando personal y proveedores locales, con el fin de contribuir al desarrollo económico y social de las comunidades y poblaciones.

4. Respeto y protección de los ecosistemas naturales

La Compañía presta la máxima atención a la sostenibilidad medioambiental, haciendo un fuerte compromiso para eliminar las emisiones de dióxido de carbono y gases de efecto invernadero a la atmósfera y reducir el uso de productos de plástico desechables.

Se alienta a nuestros Proveedores a monitorear y trabajar para contener o reducir las emisiones relacionadas con sus negocios. Además, se alienta a los Proveedores a implementar procesos para reducir o eliminar el uso de plásticos de un solo uso dentro de sus instalaciones comerciales.

4.1. Protegiendo el Medio Ambiente y Respetando a los Animales

La Compañía promueve activamente el respeto por el medio ambiente en beneficio de la sociedad actual y
las generaciones del mañana, con miras a un futuro sostenible.

Nuestros Proveedores están obligados a cumplir con las leyes y reglamentos aplicables a su sector de actividad y esforzarse, siempre que sea posible, por adoptar un comportamiento virtuoso para reducir o eliminar los resultados ambientales negativos relacionados con sus negocios. Si el negocio involucra animales, los Proveedores se comprometen a proporcionarles el espacio suficiente, la alimentación adecuada y los cuidados necesarios basados en la experiencia y el conocimiento científico. Si los animales son sacrificados, no deben sufrir.

Consulte nuestro Política contra la crueldad.

4.2. Gestión de residuos

Nuestros Proveedores deben cumplir con las leyes y reglamentos vigentes en materia de manejo de residuos, tanto peligrosos como no peligrosos, y asegurar su adecuado tratamiento, almacenamiento, traslado y disposición. Se alienta a nuestros proveedores a tomar medidas para mejorar los procesos de clasificación de residuos, incluso a través de políticas activas de reciclaje y reutilización y el reemplazo de envases de plástico con soluciones más sostenibles.

Consulte nuestro Política de reciclaje y gestión de residuos.

4.3. Gestión de fuentes de energía, emisiones y consumo de agua

Nuestros Proveedores deberán monitorear el consumo de los recursos hídricos y energéticos, buscando, en lo posible, soluciones que potencien el papel de las fuentes con bajo impacto ambiental. Nuestros Proveedores tendrán el compromiso de reducir sus consumos relevantes, mejorar la eficiencia de sus herramientas productivas y la sustentabilidad de sus operaciones ordinarias y extraordinarias. En cuanto a las emisiones de gases de efecto invernadero, nuestros proveedores apoyarán la concienciación sobre este tema mediante la evaluación de políticas de seguimiento o compensación de emisiones.

5. Responsabilidad del producto

La Empresa proporcionará a sus clientes productos de calidad, garantizando la máxima atención a la seguridad de los materiales utilizados en el proceso de producción.

Se alienta a nuestros proveedores a buscar las mejores soluciones posibles para proporcionar a sus clientes productos y materiales seguros y de alta calidad.

5.1. Calidad y desarrollo de productos sostenibles.

Nuestros Proveedores prestarán la máxima atención a la calidad y seguridad de todos los materiales utilizados, tanto en la etapa de adquisición como en la producción, fomentando el uso de materiales reciclables, renovables, reutilizables y de origen local.

5.2. Seguridad química de los productos.

Nuestros Proveedores deberán cumplir con las disposiciones legales relativas al uso de sustancias peligrosas o nocivas y se abstendrán de comercializar materiales y/o productos que potencialmente pongan en peligro la salud de los consumidores y trabajadores. El Proveedor garantizará la formación y el equipamiento de seguridad adecuados para los empleados que puedan entrar en contacto con dichas sustancias a lo largo de la cadena de producción.

5.3. Trazabilidad de materiales y productos.

Nuestros Proveedores garantizarán la trazabilidad de los productos y comunicarán información sobre
los lugares de adquisición y procesamiento de los materiales utilizados, previa solicitud.

6. Cumplimiento de este código de conducta y forma de difusión

El Proveedor deberá cooperar con la Compañía y sus representantes en el seguimiento y la evaluación del cumplimiento de las expectativas establecidas en este Código cuando realice trabajos para la Compañía. También deberá proporcionar a la Compañía, previa solicitud expresa, información adicional y certificación que acredite el cumplimiento de este Código.

En caso de cualquier irregularidad, el Proveedor cooperará plenamente con la investigación pertinente realizada por la Compañía. El Proveedor y sus socios comerciales deberán remediar cualquier incumplimiento identificado durante la evaluación.

El Proveedor reconoce y acepta que es el único responsable del pleno cumplimiento de este Código por parte de sus directores, funcionarios, empleados, representantes y socios comerciales.

CRANBOURN® se compromete a notificar de inmediato al Proveedor cualquier cambio en el Código y a mantenerlo siempre disponible en su sitio web.

Dar opinion
Cargando...